09/08/2026
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>> Bajo señalamientos por presunta injerencia de particulares en decisiones del gobierno municipal

Tihuatlán, Ver. – El Ayuntamiento de Tihuatlán enfrenta diversos señalamientos públicos relacionados con la presunta participación de personas que, de acuerdo con sus propias manifestaciones, no forman parte de la nómina ni de la estructura orgánica del gobierno municipal, pero que supuestamente tendrían injerencia en decisiones administrativas y operativas.

De acuerdo con denuncias realizadas por trabajadores del propio Ayuntamiento, Gabriela Peñaloza Cortez presuntamente participa en la asignación de recursos destinados al pago de coberturas informativas a medios de comunicación, en la organización de campañas de desprestigio contra regidores que no coinciden con determinados intereses políticos y en la adquisición de artículos promocionales utilizados durante fiestas patronales, carnavales, desfiles y otros eventos oficiales.

En los mismos señalamientos se menciona a Roberto Hernández Cerecedo, quien presuntamente coordinaría de manera extraoficial áreas como Limpia Pública, Agua Potable, Ornato, Parques y Jardines, pese a que, según lo manifestado públicamente, no ocupa un cargo dentro de la administración municipal ni aparece en la nómina o en el organigrama oficial del Ayuntamiento.

Las denuncias también involucran a la regidora Ninfa Hernández Peñaloza, al señalar que la supuesta participación de sus padres en dependencias relacionadas con las comisiones edilicias que ella representa podría configurar un posible conflicto de interés, situación que, de existir elementos suficientes, correspondería investigar y determinar a las autoridades competentes conforme a la legislación en materia de responsabilidades administrativas.

Asimismo, trabajadores municipales señalan que Fernanda Hernández Peñaloza presuntamente desarrolla actividades dentro de la Tesorería Municipal, donde, según las acusaciones, manipularía documentación y sellos oficiales. Hasta el momento no existe información pública que permita conocer si cuenta con un nombramiento oficial, el carácter de su contratación o las atribuciones legales para desempeñar dichas funciones.

Posibles implicaciones jurídicas

Especialistas en derecho administrativo señalan que, de acreditarse mediante investigaciones oficiales que particulares ejercen funciones reservadas a servidores públicos o intervienen en la toma de decisiones gubernamentales sin contar con un nombramiento legal, podrían configurarse diversas responsabilidades administrativas e incluso penales.

La Ley General de Responsabilidades Administrativas establece la obligación de los servidores públicos de conducirse con legalidad, imparcialidad y evitar cualquier conflicto de interés, entendido como la posible afectación del desempeño objetivo e imparcial de sus funciones por motivos personales, familiares o de negocios.

Asimismo, cuando un servidor público favorece la contratación, designación o participación de familiares o personas con quienes mantiene vínculos personales para influir en decisiones gubernamentales, podrían actualizarse conductas relacionadas con nepotismo, las cuales pueden derivar en sanciones administrativas como amonestaciones, suspensión, destitución del cargo, sanciones económicas e inhabilitación para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio público, conforme a las disposiciones aplicables.

Por otra parte, si una persona ejerce funciones propias de un cargo público sin contar con un nombramiento, comisión o designación legal, o utiliza documentación o sellos oficiales sin facultades para ello, las autoridades investigadoras tendrían la facultad de determinar si existen elementos para fincar responsabilidades administrativas o, en su caso, presentar las denuncias penales correspondientes por los delitos que eventualmente pudieran configurarse, de acuerdo con el Código Penal y demás ordenamientos aplicables.

Hasta el momento no existe una resolución oficial que confirme la veracidad de estos señalamientos, por lo que las personas mencionadas conservan plenamente la presunción de inocencia y el derecho de audiencia.

En este contexto, resulta indispensable conocer la postura institucional del Ayuntamiento de Tihuatlán, así como la versión de las personas señaladas, además de las acciones que, en su caso, emprendan el Órgano Interno de Control, el Tribunal de Justicia Administrativa, la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción u otras autoridades competentes para esclarecer los hechos y determinar si existe alguna responsabilidad conforme a derecho.